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ILUMINACIÓN DE EMERGENCIA: En los edificios, empresas y/o locales, deberán disponerse en todos los medios de acceso (corredores, escaleras y rampas), circulación y estadía pública, luces de emergencia cuyo encendido se produzca automáticamente si quedaran fuera de servicio, por cualquier causa, las que los alumbren normalmente, debiendo ser alimentadas por una fuente o fuentes independientes de la red de suministro de energía eléctrica, cuya tensión nominal no supere los 48 voltios, asegurando un nivel de iluminación no inferior a 1 lux, medido a nivel de piso. En lugares tales como escaleras, escalones sueltos, accesos de ascensores, cambios bruscos de dirección, codos, puertas, etc., el nivel mínimo de iluminación será de 20 lux medidos a 0,80 m. del solado.
EXTINTORES PORTÁTILES: El extintor es un aparato portable que contiene un agente extinguidor y un agente expulsor que al ser accionado y dirigiendo la boquilla a la base del incendio (llama), permite extinguirlo.
¿Cómo se clasifican los extintores de incendio?:
Extintor de dióxido de carbono (CO2): Utilizado para extinción de incendios de equipos eléctricos energizados, como computadoras, cafeteras, interruptores, cajas de fusibles y herramientas eléctricas (taladros, etc.) y sustancias de combustión rápida (gasoil) en espacios confinados.
Extintor de polvo químico seco: AB, ABC, utilizado en el combate de incendios, provenientes de materiales combustibles, tales como: madera, papel, cartón, cauchos, plásticos termoestables y sustancias de combustión rápida (gasoil) en espacios al aire libre.
Advertencia: Use el extintor adecuado al tipo de incendio o fuego.
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